Aspectos Claves en la Ley de Cumplimiento Tributario

El pasado 25 de septiembre, el Congreso aprobó la ley de Cumplimiento Tributario. Una vez publicado en el Diario Oficial, entrará oficialmente en vigencia. Los aspectos claves a revisar de esta nueva ley, te los contamos a continuación.

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10/9/2024

Introducción al Proyecto de Ley

El Proyecto de Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias surge como una respuesta a las dificultades que enfrenta el sistema tributario, un sistema que se ha visto afectado por la falta de modernización y eficiencia. La justicia tributaria y la correcta administración de los impuestos son fundamentales para el funcionamiento adecuado de nuestra economía, por lo que este proyecto busca abordar dichas áreas para fortalecer la recaudación fiscal y fomentar una mayor equidad entre los contribuyentes.

Esta iniciativa se plantea en un contexto en el que existe una creciente necesidad de optimizar los procesos administrativos, transparentar las obligaciones tributarias y reducir la evasión fiscal.

Aspectos Claves del Proyecto

1. Regularización de bienes o rentas que se encuentren en el extranjero

A través de un procedimiento voluntario y extraordinario, se podrán regularizar los bienes de cualquier clase, que se encuentren en el extranjero que no hayan sido oportunamente declarados o gravados con los tributos correspondientes en Chile.

2. Término de gestiones judiciales pendientes

Si el contribuyente mantiene una acción judicial en su contra iniciada antes del 1 de enero de 2024, podrá poner término anticipado al reconocer la deuda reajustada, lo que le concederá una condonación total de intereses y multas.

3. Norma General Antielusiva

Se mejora el procedimiento, se precisa la relación entre la norma general anti elusión y las normas especiales, se distribuye la carga de la prueba, se establece un procedimiento administrativo y se crea un comité ejecutivo.

4. Fiscalización de grupos empresariales

Se permite realizar una fiscalización integral y unificada de grupos empresariales, evitando inconsistencias entre diversas fiscalizaciones o unidades del Servicio.

5. Notificaciones

Las notificaciones que el Servicio deba practicar se realizarán por correo electrónico, a la dirección que el contribuyente haya señalado y que conste en el sitio personal del contribuyente, salvo casos específicos que señala la norma.

6. Secreto Bancario

Se incluye procedimiento simplificado (sin oposición del contribuyente) y se modifica el procedimiento judicial general, mejorando los plazos y suspendiendo la prescripción en favor del SII.

7. Obligación de exigir inicio de actividades

Establece la obligación que algunas entidades exijan a las personas o contribuyentes acreditar haber efectuado ante el Servicio el trámite de inicio de actividades, entre ellos; órganos del Estado, gobiernos regionales, municipalidades; administradores, operadores o proveedores de medios de pago electrónico, los operadores de plataformas digitales, entre otros.

8. Información de abonos en entidades financieras

Se obliga a las entidades financieras a entregar información al Servicio respecto a las personas naturales o jurídicas o patrimonios de afectación, que superen 50 abonos de distintas entidades en un mes, o 100 en un semestre. Esta información será remitida al Servicio de manera semestral dentro de los meses de julio y enero de cada año. El primer reporte semestral deberá realizarse respecto del segundo semestre de 2024.

9. Trazabilidad de operaciones con dinero efectivo

Las operaciones de compra y venta que se encuentren entre las 50 unidades de fomento y las 135 unidades de fomento o sus equivalentes en moneda extranjera, deberán ser respaldadas en cualquier documento que registre la identidad del pagador.

10. Delitos tributarios

Se endurecen las penas a los ya catalogados "delitos tributarios" y se precisan algunos tipos penales (como los vinculados a la confección, venta o facilitación de documentos tributarios) y se mejora el método de “clausura”.

11. Denunciante anónimo

Se establecen mecanismos que promueven, la cooperación de los contribuyentes, cuando conducen a al esclarecimiento de los hechos y los responsables, suministrando datos precisos y sustanciales y se establece la figura del denunciante anónimo, con los debidos resguardos a fin de evitar abusos.

12. IVA a compra de bienes extranjeras

Se amplía el IVA a las ventas de bienes situados en el extranjero que tengan como destino el territorio nacional. Asimismo, se exime del pago del arancel aduanero a la importación de bienes cuyo IVA se haya pagado en la venta.

Impacto del Sistema Tributario

El Proyecto de Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias tiene el potencial de modificar significativamente el sistema tributario del país, ofreciendo una estructura más eficiente para la administración y recaudación de impuestos. Se espera que la ley mejore la transparencia y reduzca la carga administrativa tributaria. Esto se traduce en un sistema donde la recaudación de impuestos se llevará a cabo de manera más efectiva y con un menor margen de error.

Solo falta su publicación en el Diario Oficial para que comience a regir la nueva Ley y desde ese momento saber con certeza las fechas en los que entrará en vigencia cada una de las medidas adoptadas.

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