Ley de Cumplimiento Tributario: ¿Cuándo entran en vigencia los cambios?
Hemos estado siguiendo de cerca la tramitación de la nueva Ley de Cumplimiento Tributario y a continuación te quisimos hacer un resumen con los cambios y las fechas relevantes que trae consigo. Sigue leyendo...
TRIBUTARIACONTABILIDAD
11/5/2024
El 24 de octubre se publicó en el diario oficial la nueva ley de cumplimiento tributario, marcando un hito importante en nuestras regulaciones fiscales. Este cambio normativo es crucial, ya que establece plazos y obligaciones que impactarán tanto a los particulares como a las empresas. En este post, encontrarás un resumen de los puntos más relevantes y las fechas que debes tener en cuenta para cumplir con la normativa.
Plazos información bancaria
El primer aspecto a considerar es la obligación de las entidades bancarias de informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre las transacciones realizadas. Este primer reporte que los bancos deberán presentar será entregado en enero de 2025. Este reporte corresponderá a los abonos que se hayan recibido durante el segundo semestre de 2024, específicamente desde julio hasta diciembre. Esta medida busca vitar la evasión de impuestos en la informalidad y a los que estando formalizados, no están declarando todos sus ingresos.
Solicitud de inicio de actividades
Las empresas que prestan servicios de pagos electrónicos a partir del 1° de julio de 2025 estarán obligadas a exigir el inicio de actividades a sus clientes, además, desde hace algunos años, también están obligadas a informar al Servicio de Impuestos Internos las operaciones que realizan sus clientes, asegúrate de estar emitiendo los documentos correctamente.
Límite al efectivo
Desde el 1° de enero de 2025, las compras y/o ventas que superen las 135 UF (5 millones aprox), deberán realizarse a través de medios electrónicos (tarjetas, transferencias o link de pago), o a través de documentos bancarios que identifiquen fehacientemente a las partes involucradas en la transacción. Esto con el fin de evitar el lavado de dinero y la venta de activos de dudosa procedencia.
Además, las compras y/o ventas que se encuentren entre las 50 y 135 UF, aunque podrán realizarse con efectivo, se deberá emitir un documento tributario que contenga los datos suficientes para identificar al comprador.
IVA en compras internacionales
En la actualidad, importar productos a través de las distintas plataformas digitales está exento de IVA cuando el monto no supera los 41 USD. A partir de octubre de 2025 se pondrá fin a esta exención, debiendo pagar este impuesto en todas las compras, aunque sean menores a 41 USD. La compra estará exenta del impuesto aduanero cuando se acredite que se ha pagado el IVA correspondiente y su monto sea inferior a 500 USD, lo que agilizará la entrega del producto al domicilio del destinatario.
Denunciante anónimo
Las personas podrán denunciar de manera anónima a quienes estén evadiendo o eludiendo impuestos, de comprobarse la veracidad de la denuncia, el denunciante podrá recibir una recompensa del 10% de la multa que se le aplique al infractor, siempre que el impuesto defraudado sea mayor a 100 UTA (80 millones). Por el contrario, si la denuncia resulta ser falsa, el denunciante será multado con 15 UTM (1 millón) y cárcel. Su entrada en vigencia es a partir de abril de 2025.
Clausuras de páginas web
Las personas que estén realizando ventas a través de páginas web o similares y que no estén siendo declaradas, será sancionado con la clausura de su página de ventas más multas e intereses a partir del 1 de noviembre de 2024.
Prescripción de deudas
A partir de abril de 2025 todas las deudas de impuestos (excepto contribuciones) que estén vigentes al 31 de diciembre de 2013 serán condonadas y prescribirán todas las acciones de cobro por parte del fisco.
Esta medida es automática por parte de la Tesorería y no se debe elevar ninguna solicitud para que sea efectiva para el contribuyente.
Convenios: sin multas ni intereses
Los contribuyentes que presenten deudas vencidas o vigentes al 31 de diciembre de 2023, podrán realizar convenios con una condonación de multas e intereses, y si alguna de las deudas en convenio se encuentra entre el 31 de octubre de 2019 y 30 de junio de 2022 no tendrá que hacer el pago de una cuota inicial para activar el convenio.
Estos convenios podrán realizarse desde el momento de la publicación en el Diario Oficial y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Término de giro simplificado
En las empresas que no presenten declaraciones durante 6 meses, el SII podrá presumir el cese de sus actividades comerciales y declarar un término de giro por oficio, siempre y cuando no se adeuden impuestos de ninguna naturaleza. Además, se podrá elevar la solicitud de Término de giro simplificado para empresas que no tengan movimientos en donde el SII tendrá un plazo de 6 meses para dar respuesta, de lo contrario se entenderá aceptada la solicitud por silencio.
La medida comenzó a regir a partir del 1 de noviembre de 2024.
Es fundamental mantenerse informado para garantizar el cumplimiento y la correcta adaptación a las nuevas normativas. La preparación anticipada te dará la ventaja para manejar efectivamente tus obligaciones tributarias.
Si necesitas saber si estás cumpliendo con las leyes te invito a que nos contactes ¡aquí!